Desgravaciones fiscales por donación a la UGR
Las donaciones realizadas a la Universidad de Granada (investigación, formación, eventos…) pueden dar lugar a importantes desgravaciones fiscales (30% al 75% de lo donado). (Ley 49/2002 de Mecenazgo).
Para que las desgravaciones se produzcan es necesario que la Gerencia de la Universidad de Granada lo comunique a la Agencia Tributaria en enero de cada año. De ahí que se solicite a los donantes (empresas o particulares) que nos faciliten sus datos fiscales.
En el caso de las donaciones on-line realizadas con tarjeta bancaria, el mecenas ya cumplimenta sus datos en el formulario correspondiente; en el caso de ingresos por transferencia bancaria, se deben seguir las siguientes instrucciones:
1 – Pida el justificante del ingreso bancario
2 – Descargue y rellene el siguiente formulario: [dt_button link=”https://cancercmc.ugrmecenazgo.es/wp-content/uploads/2017/07/Formulario_-_Desgravaciones_fiscales_por_donación_-_UGR.pdf” target_blank=”true” button_alignment=”default” size=”medium” style=”default” bg_color_style=”default” bg_hover_color_style=”default” text_color_style=”default” text_hover_color_style=”default” icon=”fa fa-chevron-circle-right” icon_align=”left”]DESCARGAR[/dt_button]
3 – Envíenos la ficha cumplimentada y el justificante bancario:
Por correo electrónico: mecenazgo@ugr.es
Por correo postal: Dirección Técnica de Patrocinio y Mecenazgo, Gerencia – Universidad de Granada, Hospital Real, Cuesta del Hospicio, s/n. 18071 GRANADA
4 – Recibirá en su cuenta de correo electrónico o postal el justificante del ingreso. La Universidad se ocupará de hacer la oportuna comunicación a la Agencia Tributaria.
Para más información: catedracmc@ugr.es